Cabe recordar que la ordenanza Nº 8575, sancionada por el Concejo Deliberante el pasado 6 de abril y promulgada por el Departamento Ejecutivo, permite el acceso y permanencia de los perros de asistencia en todo ámbito físico tanto público como privado de uso público, incluyendo el transporte de pasajeros en cualquier modalidad, sea este provincial o municipal, en el ámbito de todo el partido de San Isidro a todos aquellos vecinos que hayan tramitado la credencial de acceso de ambulación y permanencia de perros de asistencia.
Para acceder a esta credencial, el propietario del perro de asistencia deberá inscribirlo –sin cargo ni costo alguno- en el Registro Municipal para perros de asistencia que se encuentra disponible en el Centro Municipal de Zoonosis - 3 de Febrero 536, San Isidro (atiende de lunes a viernes de 7.30 a 13, y su número de teléfono es el 4512-3151).
Para ello, deberá presentar la siguiente documentación: Certificado de discapacidad de la persona usuaria del perro de asistencia emitido por autoridad competente, acreditación que el perro ha adquirido las aptitudes de adiestramiento precisas para llevar a cabo las funciones correspondientes y certificado expedido por veterinario matriculado que acredite que el animal cumple con las condiciones higiénico-sanitarias generales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario